Derechos & Obligaciones del trabajador y empleador

 


  


Los derechos del trabajador son irrenunciables. Si tu eres de las personas que vas a contratar personas que trabajen par a ti, o a su vez tienes personas trabajando,  recuerda que estas obligada a realizar lo siguiente:
Derecho laboral

Obligaciones del empleador en Ecuador:

  • Celebrar un contrato de trabajo ( Ver algunos ejemplos de contratos)
  • Inscribir el contrato de trabajo en el Ministerio de Relaciones Laborales.
  • Afiliar a tu trabajador a la Seguridad Social (IESS), a partir del primer día de trabajo, inclusive si es a prueba.
  • Tratar a los trabajadores con la debida consideración, no infiriéndoles maltratos de palabra o de obra.
  • Sueldo básico que se debe pagar es de 318.00 usd ( SBU 2013). Ver tabla sectorial
  • Asumir el porcentaje(11,15%) que corresponde al empleador por la seguridad social
  • Pagar horas extras y suplementarias. Ver detalle
  • Pagar los décimos tercero y cuarto. Ver detalle
  • A partir del segundo año de trabajo pagar los Fondos de Reserva.
  • A pagar una compensación por el salario digno. Ver detalle
  • A pagar utilidades si la empresa tiene beneficios. Ver detalle

 

Derechos laborales del trabajador en Ecuador:

<Acceder a los Derechos de la empleada doméstica>.

 

Prohibiciones al empleador.

Obligaciones del trabajador.

  • Ejecutar el trabajo en los términos del contrato, con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, en la forma, tiempo y lugar convenidos;
  • Restituir al empleador los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y útiles de trabajo, no siendo responsable por el deterioro que origine el uso normal de esos objetos, ni del ocasionado por caso fortuito o fuerza mayor, ni del proveniente de mala calidad o defectuosa construcción;
  • Trabajar, en casos de peligro o siniestro inminentes, por un tiempo mayor que el señalado para la jornada máxima y aún en los días de descanso, cuando peligren los intereses de sus compañeros o del empleador. En estos casos tendrá derecho al aumento de remuneración de acuerdo con la ley;
  • Observar buena conducta durante el trabajo;
  • Cumplir las disposiciones del reglamento interno expedido en forma legal;
  • Dar aviso al empleador cuando por causa justa faltare al trabajo;
  • Comunicar al empleador o a su representante los peligros de daños materiales que amenacen la vida o los intereses de empleadores o trabajadores;
  • Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de los productos a cuya elaboración concurra, directa o indirectamente, o de los que él tenga conocimiento por razón del trabajo que ejecuta;
  • Sujetarse a las medidas preventivas e higiénicas que impongan las autoridades; y,
  • Las demás establecidas en el CT.

Prohibiciones al trabajador.

Jornada de trabajo.
El Trabajador debe cumplir una jornada laboral (diurna o nocturna). Ver detalle

En caso de laborar fuera de dichas jornadas tiene derecho a percibir horas extras o suplemenetarias, según sea el caso.

Terminación de la relación laboral.

La relación laboral puede darse por terminada por las siguientes causas(Art. 169 del Código del trabajo): 

Para cualesquiera de los causas descritas arriba, el empleador debe elaborar un Acta de Finiquito(El Empleador o Patrono elabora el activo de Finiquito en el Sistema del MRL), en la que debe constar que dan por terminada la relación laboral, el último sueldo percibido por el trabajador, un desglose de los valores que se cancela al trabajador (% por décimos, vacaciones, horas extras y suplementarias, fondos de reserva).

Esta acta que elabora el empleador debe ingresar al Ministerio de Relaciones Laborales; y, una vez que el ministerio lo apruebe deben concurrir el empleador y el trabajador para la firma del Acta y la entrega de los valores.

La renuncia voluntaria por parte del trabajador, cuando hacerlo o no.


Si el empleador cambia de ocupación al trabajador, se considera despido intempestivo?

Si el trabajador padece una enfermedad no profesional y tiene que ausentarse del puesto de trabajo por un periodo prolongado, en este caso puede ser despedido intempestivamente?

Reclamos / Denuncias:

Los reclamos –de afiliados- por falta de afiliación o por incumplimiento de obligaciones al “Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social” se presentan a través de la página web del IESS, mediante un formulario que se encuentra en la página o en forma directa en las unidades responsables de la respectiva Dirección Provincial del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. La investigación se efectúa bajo estricta reserva.

El empleador podrá dar por terminado el contrato de trabajo entre otras por denuncias injustificadas, respecto de las obligaciones en el Seguro Social, pero si la denuncia es justificada se garantiza al trabajador dos años de estabilidad en trabajos permanentes (Art. 172 numeral 6 del Código de Trabajo).

Para más detalles en “Reclamo de no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social”.

Base legal.

 

Háganos llegar sus comentarios o consultas.

 

Publicaciones relacionadas

 


 


617 Comentarios



  1. isabo dice:

    Buenas noches,
    espero me puedan ayudar, empece a trabajar el 1 dia del mes de septiembre del 2011 para una empresa de catering hasta el 2 de diciembre del mismo año,cuando me llamaron a trabajar me dijeron que si al administrador le gustaba mi trabajo me harian el contrato inmediato,cosa que no fue asi, paso casi un mes y segui trabajando y el contador nunca me llamo, asi que yo fui a la planta de produccion y me dijeron que pasado los 3 meses me harian el contrato, a lo cual ahora me entero que asi haya sido a prueba tenia derecho al contrato,ahora me encuentro en una situacion complicada junto a otros compañeros,nos quedamos sin trabajo y sin poder cobrar el sueldo, fue todo tan intempestivo que sinceramente no sabia que hacer ya que los dueños nunca nos dijeron nada ni hablaron para explicar que sucedio. Mi sueldo era de 180 por 5 horas y media,en el segundo mes me pagaron solo 150 y el contador me dijo que en diciembre me gagarian un retroactivo de 30 dolares, mas 180 del mes son 210 que tendria que cobrar.Por favor si ustedes me pueden guiar para ayudarme les agradeceria.

  2. Iván dice:

    Buenas Tardes,
    El gerente y presidente de una empresa tiene derecho a recibir o no los decimos; tercero y cuarto sueldo.

    Por su ayuda, anticipo mis AGRADECIMIENTOS.

  3. Dennis dice:

    en la empresa que trabajo nunca nos hicieron firmar un contrato de trabajo ,, el sabado 17 de diciembre de 2011 ,, nos dieron un decimo cuarto de 90 dolares ,,segun ellos nos descuentan vacaciones 50 dolares; alimentacion 468,00 anual,,pero en los otros años nunca habia pasado esto ,, e incluso los decimos terceros se suman a los cuarto y se restan con los gastos dando asi 10 dolares ,, y ellos pones los 80 dolares para completar ,, y por cierto n nos diern canasta navideña,,,solicito de urgencia ayuda somo uno 22 trabajadores en la empresa
    post ; el gerente creo dos empresas osea dos ruc para evadir impuestos..
    ayuden mi cel es 097977553 soy de quito carcelen

  4. cele dice:

    hol a quisiera saber si tengo derecho a recibir l pago de mis vacaciones del ño 2011 asi me envien de vacacioens el dia 3 de enero del 2012 y si luego de enviarme me despiden este despido como sera considerado como despido intespestivo aunq mi contrato es de tiempo fijo y vence el 3 de enro del 2012 ayudeme con esta informacion xq kiero q me pagen las vacaciones al final del año 2011

    gracias

  5. cecilia dice:

    Quiero q me ayude a q hacer tengo 8 años trabajando en una empresa pero nunca e recibido nada ni decimos ni horas extras ni estoy asegurada peor vacaciones pagadas ni los dias de feriados me los pagan y siempre les digo q me aseguren y dicen q cuando salgan de unas deudas. trabajo de lunes a sabados 8 horas y medias diarias y no quiero perder mi trabajo con lo jodido q esta ahora y tengo una bb d un año y mi esposo esta sin trabajo

  6. chaby dice:

    yo quiero presentar la renuncia ahora en diciembre mi pregunta es q necesariamente tengo q poner la renuncia en el ministerio si tengo q quedarme algunos dias despues de presentada la renuncia y cuales serian los valores a cancelar

  7. EL HOMBRE DE LA SELVA dice:

    Calixto.
    quiero que me ayuden vengo trabajando 12 años como conserje de educacion media del Colegi ***, ***, y ahora me dicen que he pasado a regimen laboral y quiero saber cuales son mis derechos y obligaciones como Conserje de un establecimiento? por que el sr, Inspector del plantel me dio la ley solo de obligaciones y de prohiciones, entonces alli no cnsta el derecho y lo beneficios que me corresponde como conserje, y mis vacaciones y otros leyes que justifique como por la calamidad domestica? por favor soy trabajador maltratado psicologicamente por las autorides del plantel del mencionado colegio.

  8. luis jimenez banchon dice:

    buenas tardes mi consulta es la siguiente.
    el dia 9 del mes en curso ingrese a laborar en la empresa *** aqui en la ciudad de ***.
    firme un contrato laboral por 90 dias el cual indicaba la funcion a cumplir y mi sueldo basico de 264 dolares mensuales..la tarde de ayer un ig me comunico que debido a una llamada de atencion del jefe de campamento *** mi continuidad en esta empresa quedaba sin efecto sin indicarme si por lo menos iba a ser removido a otra funcion motivo por el cual me encuentro desesperado porque soy de la costa de la provincia del guayas y contaba con este ingreso parar poder viajar. actualmente no tengo como irme y tampoco tengo el trabajo.. es posible que se contrate y se firme un contrato laboral para dejar sin efecto a los 10 dias? le recuerdo que solo a sido verbal el comunicado y no se que hacer ayudenmen por favor

  9. Ime dice:

    El año pasado entre a trabajar en una escuela, me pagaban 264 incluido beneficios. Laboree hasta el 15 de Julio de este año y renuncie. Me cancelaron el mes de Julio completo pero no me dieron liquidación.

    En este mes me pidieron que regrese y acepte. retorne el 5 de este, pero tenía la duda sobre mi liquidación. Al no tener una respuesta fui al Ministerio de Relaciones Laborales y me indicaron que antes de regresar y firmar un nuevo contrato debían darme mi liquidación, y que en ella se debía incluir lo que me corresponde por vacaciones y decimos.

    El programa es que no me dijeron ¿cuanto es?, y ahora el administrador me dice que cuando renuncie me pago el mes completo, ahí se me cancelaron las vacaciones. Por favor ayúdenme y díganme ¿Cuánto sería mi liquidación y si es correcto lo que me dice el administrador.

    Gracias

  10. Iri dice:

    Tenia un contrato por un anno pero el dia de hoy me dicen que ya no mas sin justificacion alguna, me faltaban 5 meses para cumplir el anno de acuerdo al contrato que firme en el cual decia que los 3 primeros meses eran a prueba pero yo ya tenia 7. Mi sueldo era de $1200 mensuales trabajaba para una compania privada, quisiera saber cuanto me toca por indimnizacion o si tengo derecho al sueldo de los 5 meses que me faltaban por culminar mi contrato

  11. Danixa León dice:

    Buen día, en días pasados fallecio mi abuela por lo cual tuve que viajar fuera de la ciudad y falte a mi trabajo 3 días.
    Cuantos días me correspondian de licencia por el fallecimiento de mi familiar, según el codigo de trabajo?
    Muchas gracias por su pronta respuesta.

    Buen día

  12. Vicky dice:

    Buenas tarde soy de Ambato… yo trabajo en una electromecanica.. ya llevo aqui 3 años y mas.. al ingresar aqui no he firmado ningun contrato, tenemos una semana de vacaciones .. Nosotros notenemos fondos de reserva me dicen que es porque somos afiliados como artesanos,… por favor me podrian decir cuales son lso beneficos que tenemos los artesanos….. porque lso años pasados solo nos han dado el doble sueldo en fin navidad , la canasta vacaciones y nada mas.. pero me dicen que este año no nos van a dar nada en vacaiones…. eso esta dentro del marco legal… o podemos acudir algun lado para exigir del decimo sueldo de Navidad?… gracias

  13. Andres dice:

    Somos empleados del *****, una institucion particular que basados bajo el lema de que son una Institucion sin fines de lucro el empleado debe sujetarse a sus “reglas” que a vceces suenan a injustas.
    Nuestra consulta va al hecho de que necesitamos saber cuan obligatorio es laborar las festividades de navidad y fin de año pues nuestro horario de labores normal es de miercoles a domingo y considerando que estos feriados caen fin de semana pues nos estan obligando a laborar en estos feriados *****

  14. lina dice:

    que se puede hacer si como empleado renuncio y meliquidan fue sobre el minimo asber que me ganaba mas de el minimo pero eso ase ya 2 meses se podra hacer algo..opodre reclamar algo

  15. carlos falcon dice:

    necesito saber como puedo poner la denuncia por dos años trabajados q no quieren reconocerme y ni tampoco nos aseguraron****

  16. katia dice:

    consulta.- sobre personas que trabajan en el Registro de la propiedad en Ecuador que antes pertenecía al consejo de la judicatura y ahora pertenece al municipio, supuestamente a los trabajadores que estaban desde antes no iban a perder su empleo, ahora están despidiendo a unos trabajadores, que se debe hacer, como podemos pelear por nuestro trabajo ya que nosotros no fuimos ningún compromiso político, (me gustaría que me ayude lo mas pronto posible ya que vamos a trabajar hasta el 31 de diciembre del 2011

  17. santos honores dice:

    cuales son mis derecho como trabajador de una microempresa de un artesano calificado ,en la rama demecanico automotris

  18. Nieves M. dice:

    Buenos dias

    Mi consulta es que si es necesario o obligatorio poner mi renuncia con dias de anticipación (cuantos??)o puedo llegar un dia normal y presentar mi carta de renuncia y al dia siguiente no ir a trabajar? me puede traer problemas?

  19. edy dice:

    Muy buenos dias,mi consulta la siguiente si podran pasar un meno por faltar un sabado que no es obligatori laborar. gracias por su respuesta.