- Derechos & Obligaciones del trabajador y empleador Laboralfebrero 17, 2013
- Cálculo de liquidación Laboralmayo 16, 2013
- Calculadora de aportes al IESS Calculadoras, Laboralmayo 16, 2013
- Calculadora de indemnización por despido intempestivo Calculadoras, Laboralmayo 16, 2013
Derechos & Obligaciones del trabajador y empleador
Los derechos del trabajador son irrenunciables. Si tu eres de las personas que vas a contratar personas que trabajen par a ti, o a su vez tienes personas trabajando, recuerda que estas obligada a realizar lo siguiente:
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Obligaciones del empleador en Ecuador:
- Celebrar un contrato de trabajo ( Ver algunos ejemplos de contratos)
- Inscribir el contrato de trabajo en el Ministerio de Relaciones Laborales.
- Afiliar a tu trabajador a la Seguridad Social (IESS), a partir del primer dÃa de trabajo, inclusive si es a prueba.
- Tratar a los trabajadores con la debida consideración, no infiriéndoles maltratos de palabra o de obra.
- Sueldo básico que se debe pagar es de 318.00 usd ( SBU 2013). Ver tabla sectorial
- Asumir el porcentaje(11,15%) que corresponde al empleador por la seguridad social
- Pagar horas extras y suplementarias. Ver detalle
- Pagar los décimos tercero y cuarto. Ver detalle
- A partir del segundo año de trabajo pagar los Fondos de Reserva.
- A pagar una compensación por el salario digno. Ver detalle
- A pagar utilidades si la empresa tiene beneficios. Ver detalle
Derechos laborales del trabajador en Ecuador:
- Afiliación a la Seguridad Social desde el primer dÃa de trabajo. Ver detalle
- A percibir como mÃnimo el sueldo básico(318 usd). Ver detalle sueldo básico Ver tabla sectorial
- A percibir horas extras y suplementarias, en el caso que trabajes estas horas. Ver Calculadora de horas extras/suplementarias
- A percibir los décimos tercero y cuarto en las fechas establecidas. Ver Calculadora de Décimo
- A percibir los Fondos de Reserva a partir del segundo año de trabajo. Ver detalle
- A un periodo de vacaciones laborales remuneradas. Ver Detalle
- A recibir una compensación por el salario digno. Ver Detalle
- A un periodo de licencia por paternidad( nuevo padre). Ver Detalle
- A un periodo de licencia por maternidad(madre). Ver detalle
- Al subsidio por maternidad para la nueva madre. Ver detalle
- Solicitar certificados relativos a su trabajo. Ver modelos de certificados
- A recibir un pago por concepto de utilidades. Ver detalle
<Acceder a los Derechos de la empleada doméstica>.
Prohibiciones al empleador.
Obligaciones del trabajador.
- Ejecutar el trabajo en los términos del contrato, con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, en la forma, tiempo y lugar convenidos;
- Restituir al empleador los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y útiles de trabajo, no siendo responsable por el deterioro que origine el uso normal de esos objetos, ni del ocasionado por caso fortuito o fuerza mayor, ni del proveniente de mala calidad o defectuosa construcción;
- Trabajar, en casos de peligro o siniestro inminentes, por un tiempo mayor que el señalado para la jornada máxima y aún en los dÃas de descanso, cuando peligren los intereses de sus compañeros o del empleador. En estos casos tendrá derecho al aumento de remuneración de acuerdo con la ley;
- Observar buena conducta durante el trabajo;
- Cumplir las disposiciones del reglamento interno expedido en forma legal;
- Dar aviso al empleador cuando por causa justa faltare al trabajo;
- Comunicar al empleador o a su representante los peligros de daños materiales que amenacen la vida o los intereses de empleadores o trabajadores;
- Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de los productos a cuya elaboración concurra, directa o indirectamente, o de los que él tenga conocimiento por razón del trabajo que ejecuta;
- Sujetarse a las medidas preventivas e higiénicas que impongan las autoridades; y,
- Las demás establecidas en el CT.
Prohibiciones al trabajador.
Jornada de trabajo.
El Trabajador debe cumplir una jornada laboral (diurna o nocturna). Ver detalle
En caso de laborar fuera de dichas jornadas tiene derecho a percibir horas extras o suplemenetarias, según sea el caso.
Terminación de la relación laboral.
La relación laboral puede darse por terminada por las siguientes causas(Art. 169 del Código del trabajo):Â
Para cualesquiera de los causas descritas arriba, el empleador debe elaborar un Acta de Finiquito(El Empleador o Patrono elabora el activo de Finiquito en el Sistema del MRL), en la que debe constar que dan por terminada la relación laboral, el último sueldo percibido por el trabajador, un desglose de los valores que se cancela al trabajador (% por décimos, vacaciones, horas extras y suplementarias, fondos de reserva).
Esta acta que elabora el empleador debe ingresar al Ministerio de Relaciones Laborales; y, una vez que el ministerio lo apruebe deben concurrir el empleador y el trabajador para la firma del Acta y la entrega de los valores.
La renuncia voluntaria por parte del trabajador, cuando hacerlo o no.
Si el empleador cambia de ocupación al trabajador, se considera despido intempestivo?
Si el trabajador padece una enfermedad no profesional y tiene que ausentarse del puesto de trabajo por un periodo prolongado, en este caso puede ser despedido intempestivamente?
Reclamos / Denuncias:
Los reclamos –de afiliados- por falta de afiliación o por incumplimiento de obligaciones al “Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social” se presentan a través de la página web del IESS, mediante un formulario que se encuentra en la página o en forma directa en las unidades responsables de la respectiva Dirección Provincial del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. La investigación se efectúa bajo estricta reserva.
El empleador podrá dar por terminado el contrato de trabajo entre otras por denuncias injustificadas, respecto de las obligaciones en el Seguro Social, pero si la denuncia es justificada se garantiza al trabajador dos años de estabilidad en trabajos permanentes (Art. 172 numeral 6 del Código de Trabajo).
Para más detalles en “Reclamo de no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social”.
Base legal.
- CODIGO DEL TRABAJO
- REFORMAS 2012 AL CODIGO DEL TRABAJO
- ACUERDO MINISTERIAL Nro-0215 SALARIO BASICO UNIFICADO 2013
- CODIGO DE LA PRODUCCION ( Salario digno)
- LEY DE SEGURIDAD SOCIAL
Háganos llegar sus comentarios o consultas.
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617 Comentarios
nesecito un numero o una pagina web para poder denunciar a un senor que tiene 10 trabajadores y ya llevan mas de 5 años trabajando y no cumple com la ley del trabajador
1.- nolos tiene asegurados
2.- trabajan 6 dias ala semana
3.- su sueldo no es el basico como manda la ley
4.- no reconose los dias que son feriados
5.- noles reconoce horas extras
6.- no les paga puntualmente
Milton, La denuncia....
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