Si está obligado a sufragar y no acude a votar, debe pagar una multa equivalente al 10 % del Salario Básico Unificado (SBU).
Con el SBU de USD 482 vigente en 2026, la multa por no votar es de USD 48,20. Los valores pueden cambiar cuando se actualiza el Salario Básico Unificado.
Multa por no votar en las elecciones de Ecuador
La sanción por no sufragar corresponde al 10 % del SBU para las personas que tienen la obligación de votar.
| Incumplimiento | Multa |
|---|---|
| No acudir a votar | USD 48,20 |
Las personas cuyo voto es facultativo no reciben esta multa por no acudir a sufragar.
Multas para miembros de las Juntas Receptoras del Voto
Si fue seleccionado por el CNE como miembro de una Junta Receptora del Voto, también puede recibir sanciones si no cumple con sus obligaciones.
Los siguientes valores se calculan con el SBU de USD 482:
- No asistir a la capacitación: 10 % del SBU, equivalente a USD 48,20.
- No presentarse para integrar la Junta Receptora del Voto: 15 % del SBU, equivalente a USD 72,30.
- Abandonar la Junta Receptora del Voto sin justificación: multa de 6 a 10 SBU, equivalente a entre USD 2.892 y USD 4.820, además de la suspensión de los derechos de participación hasta por 6 meses.
Si incumple más de una obligación electoral, pueden registrarse varias multas.
Otras multas durante las elecciones
Además de las sanciones por no votar o incumplir las obligaciones como miembro de mesa, existen otras infracciones durante el proceso electoral.
- Infringir la Ley Seca: USD 241.
- Realizar proselitismo político durante el silencio electoral o el día de las votaciones: USD 241.
- Portar armas sin justificación: USD 241.
- Ingresar a un recinto electoral o votar en estado de embriaguez: USD 241.
- Causar alteraciones o disturbios dentro o fuera de los recintos electorales: USD 241.
Los valores pueden variar cuando se modifica el Salario Básico Unificado o la normativa electoral.
Cómo saber si tiene una multa pendiente
Puede consultar las obligaciones electorales registradas a su nombre utilizando el número de cédula.
Revise las multas CNE, cuánto debe y las opciones disponibles para realizar el pago.
¿Puede votar si tiene multas pendientes?
Sí. Tener multas pendientes con el CNE no impide que pueda sufragar en un nuevo proceso electoral.
Las obligaciones continuarán registradas hasta que sean pagadas o justificadas, según corresponda.
¿Se puede evitar el pago de la multa por no votar?
En determinados casos puede justificar que no acudió a sufragar y quedar exento del pago, siempre que cumpla una de las causas aceptadas por el CNE.
Antes de pagar, revise cómo justificar por no votar en las elecciones.
Certificado de votación después de pagar la multa
Una vez regularizadas las obligaciones electorales que correspondan, puede continuar con los trámites relacionados con su certificado electoral.
Consulte cómo obtener el certificado de votación.
