Si estás buscando asesoría legal confiable y accesible en Ecuador, has llegado al lugar indicado. EcuadorLegalOnline.com es el portal jurídico y de Consulta Jurídica en línea número 1 de Ecuador.
La asesoría legal en línea en Ecuador es una alternativa práctica y accesible para obtener respuestas y orientación legal confiable. Realiza aquí tus consultas de manera segura y conveniente, ahorrando tiempo y costos asociados con las consultas presenciales. No dudes en aprovechar esta opción para recibir la asistencia que necesitas y obtener tranquilidad en tus asuntos legales. ¡Estamos aquí para ayudarte! ¡Realiza tu Consulta Jurídica ahora!
¿Cómo realizar la Consulta Jurídica en línea?
- En el formulario, escribe la pregunta lo más detallada posible.
- Coloca tu nombre o seudónimo.
- Digita tu correo electrónico, es importante revisar que esté escrito correctamente, ya que la notificación de la respuesta se envía a dicho correo.
- Da clic en el botón «Enviar Pregunta».
Recuerda que la asesoría legal en línea es ideal para consultas y orientación general, pero puede no ser adecuada para casos legales complejos o situaciones que requieran una representación legal más profunda. Siempre es recomendable buscar asistencia legal adicional en casos que así lo ameriten.
Compre un auto con multa en convenio a pagar puedo matricular a mi nombre ?esa deuda desaparece o me toca cancelar a mi gracias me disenque si cambio de dominio eso se pierde porque la deuda es del propietario
Selso,
El trámite de matrícula si lo puede realizar, si las multas están generadas con el número de placa, el nuevo propietario debe continuar con los valores y fechas del convenio, si las multas están generadas con el número de cédula, es el anterior propietario quien debe continuar con los pagos.
BUENAS NOCHES, PAGUE UNA MULTA DE 135 DOLARES EL VIERNES 25 DE AGOSTO 2023,DE PLACA ABG3018 CON TARJETA DE CREDITO Y TODAVIA NOPUEDO SACAR UN TURNO DE REVISION TECNICA, PORQUE ME SIGUE SALIENDO LA MULTA, POR FAVOR COMO HAGO?
Manuel,
El pago con tarjetas de crédito se hace efectivo en un tiempo máximo de 48 horas, si posterior a este tiempo no se actualiza el sistema debe dirigirse a la ANT, con el comprobante de pago original y solicitar la actualización de datos del sistema.
Hola buenas noches, disculpe una pregunta
Tengo una deuda de 188 dolares aproximadamente y quiero hacer un convenio de pago
Quería saber si lo puedo hacer normalmente con ese valor adeudado qué tengo
Christian,
Los convenios de pago proceden en multas iguales o mayores a 1 SBU ($450)
Hola buenas noches tengo una multa por exceso de velocidad y fui a cancelar pero no me da la opción para pagar el 50 por ,% si recién tiene 4 días si me pudieran ayudar lo más pronto por favor placas MBA5357
Shirley,
El descuento del 50% por pronto pago es automático, si usted ingresa en https://datoecuador.com/eU5c verificara en la columna donde indica TOTAL A PAGAR si se encuentra realizado el descuento y es dicho valor que debe cancelar.
Necesito saber si en un finiquito de contrato por obra cierta en la liquidación también va el 25%de bonificación?? Tengo un finiquito donde me sale los haberes de decimos y vacaciones nada más ….
Alex,
En los contratos por obra cierta, la ley determina que si la terminación es unilateral, no existe la liquidación por despido intempestivo, sino únicamente los valores que adeude.
Buenas tardes, por favor si me pueden ayudar con una inquietud; desde el 2015 estoy laborando en una misma institución, luego de los 5 primeros años feneció mi nombramiento provisional y me volvieron a contratar por 2 años más, nuevamente feneció el nombramiento y me volvieron a contratar por 2 años más (hubo un corte de días entre la salida e ingreso). Para los 2 nombramientos provisionales iniciales me liquidaron conforme es.
Normalmente luego de los 5 años de trabajo, se dispone de un día adicional a los 15 días. Mi consulta es, que si por mis entradas y salidas a la institución, perdí mi día adicional de vacaciones o el día adicional debe mantenerse, algo similar como funciona con los fondos de reserva.
Patricio,
Sí en los 2 nombramientos anteriores ya fue liquidada conforme lo establece la ley, pierde esa antigüedad para el cálculo de vacaciones, por lo que no contará ese tiempo para el día adicional de vacaciones.