Consulta Jurídica Online – Asesoría legal Gratis

Si estás buscando asesoría legal confiable y accesible en Ecuador, has llegado al lugar indicado. EcuadorLegalOnline.com es el portal jurídico y de Consulta Jurídica en línea número 1 de Ecuador.

La asesoría legal en línea en Ecuador es una alternativa práctica y accesible para obtener respuestas y orientación legal confiable. Realiza aquí tus consultas de manera segura y conveniente, ahorrando tiempo y costos asociados con las consultas presenciales. No dudes en aprovechar esta opción para recibir la asistencia que necesitas y obtener tranquilidad en tus asuntos legales. ¡Estamos aquí para ayudarte! ¡Realiza tu Consulta Jurídica ahora!

¿Cómo realizar la Consulta Jurídica en línea?

  1. En el formulario, escribe la pregunta lo más detallada posible.
  2. Coloca tu nombre o seudónimo.
  3. Digita tu correo electrónico, es importante revisar que esté escrito correctamente, ya que la notificación de la respuesta se envía a dicho correo.
  4. Da clic en el botón «Enviar Pregunta».

Recuerda que la asesoría legal en línea es ideal para consultas y orientación general, pero puede no ser adecuada para casos legales complejos o situaciones que requieran una representación legal más profunda. Siempre es recomendable buscar asistencia legal adicional en casos que así lo ameriten.

credito

Realiza tu Pregunta

5.976 preguntas en “Consulta Jurídica Online – Asesoría legal Gratis”

  1. Tengo 22 años y quiero cambiar mi primer nombre. Puedo después de cambiarme el nombre seguir con normalidad en todos mis trámites o tengo que actualizar datos en todas partes (banco, dónde estudié, trabajo etc.)??

    Responder
  2. Buenos días Dr/Dra., me gustaría saber cuanto le corresponde dar de pensión alimenticia al papá de mi hijo.
    El papá gana 970 líquidos ya quitándole el seguro, y con seguro gana 1233.15, mi hijo tiene 8 años y esta estudiando.
    ¿Cuánto debería pasarme de pensión alimenticia?
    ¿En caso de tener otro hijo con su nueva pareja él cuanto debería pasarme?

    Responder
    • Lucia,
      Estimada el valor de la pensión se fija, del sueldo menos el valor de aporte al IESS (9,45%) en su caso debe verificar los valores, puede calcular el valor de pensión a recibir en https://datoecuador.com/bTr1 en caso de tener otro hijo, es el juez será quien determina al momento de emitir sentencia, el valor definitivo, según la tabla de pensiones emitida por el MIES, donde deberán constar las demás cargas familiares que mantenga, partiendo que todos los hijos tienen los mismos derechos.

      Responder
  3. Como puedo dar de baja del sistema mi moto fue hurtada en el 2020. Puse la denuncia pero no la dieron de baja. Es más ni aparece como denunciada por robo que puedo hacer porque va crece y crece la deuda al sri

    Responder
    • Gustavo,
      Estimado en caso de robo, no deberá pagar ningún valor desde la fecha de la denuncia, recuerde esta denuncia la realiza en la Fiscalía General del Estado, la cual no dispone de un sistema de consulta de vehículos robados habilitada, por lo que debe dar seguimiento acercándose personalmente. Con respecto a la baja revise el trámite a seguir en https://datoecuador.com/HlHK en su caso debe tramitar la baja por robo, siendo el principal requisito la providencia o pronunciamiento del juez que conozca la causa en el sentido de que no ha sido posible la ubicación, este trámite lo realiza personalmente y presencialmente en la ANT.

      Responder
  4. ¿Cuánto dura el acuartelamiento militar hablando de periodo de tiempo? ¿Cuáles son los requisitos? ¿hasta que edad es permitido para dar luz verde a dicho reclutamiento? ¿es necesario cumplir con lo que dispone en órdenes y servir a la patria después de formar parte del ejército militar de la República del Ecuador?

    Responder
  5. Trabajo en el sector publico como conserje pertenezco a código de trabajo tube un accidente y me dieron reposo medico por 89 días no se como es el calculo que me hace el iess por que según la chica que hace los pagos el iess me paga el %75 de los 89 días pero no coincide con la cantidad que el iess me pago y el %25 me tiene que pagar la empresa o no tengo esa duda por que no se si en el sector privado como público se aplica que el patrono no debe cancelar el %25 quedo agradecido de ante mano

    Responder
    • Byron,
      Estimado el subsidio por enfermedad o accidente es igual en el sector público o privado, el IESS asume el pago del 75% y el empleador deberá cancelar el 25% restantes, el valor recibido por el IESS puede no coincidir, pues deberá tomarse en cuenta los días desde cuando inicio el pago del subsidio.

      Responder
  6. Buenos dias.
    Por favor ayudeme indicando cuantos dias de licencia tiene derecho o debe recibir un trabajador de una empresa privada, por haber contraido matrimonio, durante un periodo de tiempo.

    Responder
    • John,
      La ley establece que el servidor que contraiga matrimonio o unión de hecho, tendrá derecho a una licencia con remuneración de tres días hábiles continuos en total, pudiendo solicitarla antes o después de la celebración del matrimonio. Una vez concedida esta licencia se deberá justificar con el documento habilitante. Recuerde que al ser días hábiles, no cuentan sábados, domingos y feriados.

      Responder