Consulta Jurídica Online – Asesoría legal Gratis

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¿Cómo realizar la Consulta Jurídica en línea?

  1. En el formulario, escribe la pregunta lo más detallada posible.
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  4. Da clic en el botón «Enviar Pregunta».

Recuerda que la asesoría legal en línea es ideal para consultas y orientación general, pero puede no ser adecuada para casos legales complejos o situaciones que requieran una representación legal más profunda. Siempre es recomendable buscar asistencia legal adicional en casos que así lo ameriten.

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7.023 preguntas en “Consulta Jurídica Online – Asesoría legal Gratis”

    • Sí, es posible jubilarse. Si tienes 65 años y 333 aportaciones, puedes acceder a la jubilación ordinaria por vejez. El IESS permite la jubilación a los 60 años con 30 años de aportes, o a los 65 años con 15 años de aportes.

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  1. Quiero divorciarme pero tengo hijos menores de edad…. Pero no kiero demandar x el supa kiero quedar acuerdo con el q es lo q me daría para sus hijos y q kede algún familiar de él como garantía… Eso se puede hacer… Y cual es el costo de este proceso

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    • En caso de no querer iniciar la demanda de pensión de alimentos, la otra opción es acudir a un centro de mediación y llegar a un mutuo acuerdo, este proceso tiene la misma validez y deberá ser validado por un juez y obligatoriamente se deberá registrar el código SUPA, el trámite que usted indica no está contemplado en la ley.

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  2. Tengo 104 aportaciones, mi edad 74 años,que debo hacer para mi jubilación
    Puedo jubilarme.o hay otro requisito,yo ya no trabajo.

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    • Estimado, según el número de aportaciones y la edad que indica, no aplica a la jubilación ordinaria ni a la jubilación especial reducida, recuerde para la ordinaria, deberá cumplir los siguientes requisitos, tener 70 años o más, registrar 120 imposiciones o más y registrar 10 o más años de aportación.

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    • Para acceder a la pensión especial por discapacidad, se toman en cuenta dos clases de discapacidad, la primera las personas con discapacidad física afiliadas deberán acreditar un mínimo de 300 aportaciones, sin límite de edad. El segundo grupo, las personas con discapacidad intelectual afiliadas deberán acreditar un mínimo de 240 aportaciones, sin límite de edad para acceder a este derecho.

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    • Estimada, la edad de jubilación para los afiliados que aportan voluntariamente depende del tiempo de aportación. Si ha aportado 40 años o más, no hay límite de edad para jubilarse. Si ha aportado 30 años o más, puede jubilarse a partir de los 60 años. Si ha aportado 15 años o más, puede jubilarse a partir de los 65 años.

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