Consulta Jurídica Online – Asesoría legal Gratis

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¿Cómo realizar la Consulta Jurídica en línea?

  1. En el formulario, escribe la pregunta lo más detallada posible.
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  4. Da clic en el botón «Enviar Pregunta».

Recuerda que la asesoría legal en línea es ideal para consultas y orientación general, pero puede no ser adecuada para casos legales complejos o situaciones que requieran una representación legal más profunda. Siempre es recomendable buscar asistencia legal adicional en casos que así lo ameriten.

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6.601 preguntas en “Consulta Jurídica Online – Asesoría legal Gratis”

    • El expediente estudiantil es un documento emitido por la institución educativa donde cursó sus estudios secundarios (colegio o unidad educativa) y si es requisito obligatorio para ingresar al programa de Bachillerato Inconcluso que impulsa el Ministerio de Educación.

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  1. A los jubilados, hasta que edad el jubilado es sujeto de préstamo quirografario. Y si se necesita una NOVACIÖN igual mi pregunta es si hay límite de edad

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    • No existe una edad máxima legal absoluta para solicitar el préstamo, pero el IESS aplica límites operativos y de riesgo, según su Reglamento de Créditos Quirografarios y las normas internas del BIESS. Por ejemplo, un jubilado de hasta 78 años puede pedir un quirografario con un plazo máximo de pago de 60 meses o 5 años. Si tiene entre 79 y 83 años, se puede acceder a un préstamo con un plazo de hasta 48 meses o 4 años. En el caso de los que tienen 84 años o más, el plazo máximo se reduce a 24 meses o dos años, los mismos criterios se aplican para novación.

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  2. Como requisito para una boda civil necesito una curaduría , porque tengo hijos de otro compromiso . En esa curaduría también es necesario el documento de no poseer bienes ya que los menores de edad no poseen bienes ?

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    • En Ecuador, si uno de los contrayentes tiene hijos menores de edad, la ley exige que se nombre un curador especial para representar los intereses de los menores durante el matrimonio, por posibles efectos patrimoniales. Con respecto al documento de poseer bienes sí, se solicita frecuentemente, pero solo como un respaldo informativo, no porque los menores tengan bienes, sino para que el juez o notario deje constancia de que no existen bienes que proteger en nombre de ellos, esto se realiza mediante un certificado o declaración juramentada en la que el padre o madre declara que:“Los menores no poseen bienes, rentas ni propiedades a su nombre.” Este documento se adjunta al expediente de curaduría especial ante el Juzgado de la Niñez o la Unidad Judicial Civil (dependiendo del cantón).

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  3. Hola,ya llevo más de 30 años separada con la persona que me casé, no tengo ningún vínculo con el ,ni hijos que me vinculen con ésta persona y quiero proceder a la demanda de divorcio…..

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