Consulta Jurídica Online – Asesoría legal Gratis

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¿Cómo realizar la Consulta Jurídica en línea?

  1. En el formulario, escribe la pregunta lo más detallada posible.
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Recuerda que la asesoría legal en línea es ideal para consultas y orientación general, pero puede no ser adecuada para casos legales complejos o situaciones que requieran una representación legal más profunda. Siempre es recomendable buscar asistencia legal adicional en casos que así lo ameriten.

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7.650 preguntas en “Consulta Jurídica Online – Asesoría legal Gratis”

  1. Tengo 68 años de edad y 18 años de aportaciones Mi pregunta si dónde laboro no me despiden y al realizar trámites de jubilarme la empresa no me pagará por los años que he laborado y automáticamente será por servicios prestados ? Que me aconsejan?

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    • Usted ya cumple con creces los requisitos para jubilarse por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Al tener más de 65 años, el IESS solo le exige un mínimo de 15 años de aportaciones (180 imposiciones). Como tiene 18 años de servicio y no ha llegado a los 25 (ni a los 20 para el caso de despido), la empresa no está obligada por ley a pagarle una pensión jubilar patronal ni una indemnización por años de servicio si usted decide renunciar voluntariamente para jubilarse.

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  2. No me están pagando mis aportaciones al iess desde septiembre del año 2025 trabajo en una institución privada y
    mi gerente no me cancela los feriados también no cancela desde la pandemia q fue el año 2015 hasta la fecha de hoy no camela
    Quisiera q me ayudarán para ver q pasos seguir en estas sircuntancias
    Ya e hablo x personas administrativas

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    • Estimado, en su caso debe realizar la denuncia inmediatamente a su empleador ante el IESS (responsabilidad patronal) y presentar una denuncia en el Ministerio del Trabajo por el no pago de feriados (recargos). La ley obliga a pagar aportes hasta el 15 de cada mes y los feriados trabajados tienen recargo.

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    • Si su título de bachiller no consta en el sistema, debe realizar el reclamo respectivo, para lo cual al momento de la consulta en la parte inferior encontrará el formulario correspondiente o también puede acercarse al distrito de Educación respectivo.

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    • Si se encuentra en padrón pasivo, indica que no ha acudido a sufragar en 2 o más ocasiones, para ser considerado dentro del padrón electoral, debe acercarse a cualquiera de las 24 direcciones provinciales del CNE, cancelar sus multas y realizar el trámite de rehabilitación del padrón electoral.

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  3. Hola tengo 63 de edad y 18 años de aportación puedo jubilarme información gracias o cuántos años más me faltan para poder jubilarme nesecito una respuesta favorable

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    • Con 63 años de edad y 18 años de aportaciones al IESS, aún no puede jubilarse por vejez ordinaria, ya que el requisito mínimo para su edad (63 años) es tener al menos 30 años de aportes. Sin embargo, podrá jubilarse al cumplir 65 años pues para esta edad el mínimo de aportaciones es de 15 años, en su caso usted ya cumple dicho requisito.

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    • Una persona de 65 años de edad con 20 años y 6 meses de aportes (más de 180 imposiciones) si accede a la jubilación ordinaria por vejez, ya que supera el requisito mínimo de 15 años de aportaciones para esa edad. La afiliación voluntaria es válida y el trámite es en línea.

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