En Ecuador, la información de riesgo crediticio puede conservarse hasta 4 años, contados desde la última fecha de vigencia de la operación de crédito, es decir, desde que la obligación fue legalmente extinguida.
Los reportes de información crediticia, en cambio, hacen referencia a las operaciones vigentes, vencidas o canceladas de los 2 últimos años. Esto no significa que una deuda impaga desaparezca después de 4 años. El plazo se refiere a la permanencia de la información crediticia y se cuenta desde la extinción legal de la obligación.
Estos cambios fueron aprobados el 20 de agosto de 2026 por la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria.
Plazo de permanencia de la información crediticia
La información de riesgo crediticio no puede tener una antigüedad mayor a 4 años, contados desde la última fecha de vigencia de la operación.
El plazo comienza cuando la obligación ha sido legalmente extinguida mediante uno de los mecanismos previstos en la ley; no desde el primer atraso ni simplemente desde el momento en que una persona deja de pagar.
| Información | Plazo |
|---|---|
| Conservación de la información de riesgo crediticio | Hasta 4 años desde la extinción legal de la operación |
| Operaciones consideradas en los reportes crediticios | Los 2 últimos años anteriores a la fecha del reporte |

Diferencia entre los 4 años de conservación y los 2 años del reporte
Los dos plazos corresponden a situaciones distintas.
Los 4 años se refieren al tiempo máximo de antigüedad de la información de riesgo crediticio.
Los 2 años, en cambio, corresponden al período de las operaciones vigentes, vencidas o canceladas que pueden aparecer en los reportes de información crediticia.
Cambios aprobados el 20 de agosto de 2026
La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria aprobó el 20 de agosto de 2026 una actualización de la normativa secundaria que regula el sistema de registros de datos crediticios en Ecuador.
Los principales cambios relacionados con los plazos son:
- La información de riesgo crediticio no podrá tener una antigüedad mayor a 4 años, contados desde la última fecha de vigencia de la operación.
- Los reportes de información crediticia harán referencia a las operaciones vigentes, vencidas o canceladas de los 2 últimos años anteriores a su expedición.
La reforma también contempla criterios para incorporar futuras fuentes de información crediticia y una implementación gradual y coordinada con los organismos de control.
Desde cuándo se cuentan los 4 años
La normativa establece que el plazo se cuenta desde la última fecha de vigencia de la operación de crédito, es decir, desde la fecha en que la obligación fue legalmente extinguida mediante uno de los modos previstos en la ley.
¿Una deuda impaga desaparece después de 4 años?
No. El plazo de cuatro años no significa que una deuda pendiente desaparezca por el simple paso del tiempo.
La existencia de una deuda pendiente y el tiempo durante el cual permanece la información crediticia son situaciones diferentes.
Qué ocurre después de pagar una deuda
El pago de una deuda no hace que su historial crediticio desaparezca inmediatamente. La información relacionada con esa operación puede mantenerse durante el plazo establecido en la normativa.
Si la obligación fue pagada, la información reportada debe reflejar correctamente su situación.
Puede revisar cómo saber si tiene deudas registradas.
Cómo revisar su información crediticia
La Superintendencia de Bancos administra el Registro de Datos Crediticios (RDC), que contiene información individualizada sobre las operaciones crediticias reportadas por las fuentes autorizadas.
El titular puede acceder al sistema de la Superintendencia de Bancos y obtener su reporte de referencias crediticias.
También puede revisar cómo consultar la Central de Riesgos con número de cédula.
Corrección de información incorrecta
Cuando una persona considera que la información crediticia registrada es incorrecta, puede solicitar su rectificación.
La Superintendencia de Bancos indica que el titular debe comunicar su inconformidad al proveedor que reportó la información, como un banco, cooperativa o establecimiento comercial. Según corresponda, también puede acudir al organismo de control competente.
La rectificación permite corregir información incorrecta o desactualizada; no sirve para eliminar anticipadamente información crediticia que ha sido reportada correctamente.
El historial crediticio y el score
El score o puntaje crediticio se calcula mediante parámetros que permiten estimar la posibilidad de incumplimiento de una persona frente a sus obligaciones.
Por esta razón, el comportamiento de pago forma parte de la información que puede influir en la evaluación de riesgo crediticio.
Puede consultar su score crediticio para conocer su puntaje antes de solicitar un nuevo crédito.
También puede revisar cómo mantener un buen puntaje en el Buró de Crédito.
Central de Riesgos y Buró de Crédito
La Superintendencia de Bancos administra el Registro de Datos Crediticios con información reportada por las fuentes establecidas en la normativa.
Los burós de información crediticia, por su parte, elaboran reportes y pueden calcular indicadores como el score crediticio.
Puede consultar la Central de Riesgos o consultar su score crediticio, según la información que necesite revisar.
Referencia: Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria y Superintendencia de Bancos.
