Consulta Jurídica Online – Asesoría legal Gratis

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8.278 preguntas en “Consulta Jurídica Online – Asesoría legal Gratis”

  1. Tengo 53 años de edad, soy jubilado en la policía nacional y trabajo en una empresa por más de 6 años podría obtener una jubilación a los 60 años?

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    • Para obtener una jubilación ordinaria del IESS a los 60 años, necesitaría cumplir con al menos 30 años (360 aportaciones) registradas. Existe un proceso de portabilidad de régimen para transferir aportes entre institutos (ISSPOL al IESS o viceversa), sin embargo, este proceso suele realizarse antes de jubilarse en cualquiera de las dos entidades. Al ya ser jubilado del ISSPOL, sus años de servicio policial ya están «cerrados» y financiando su pensión actual, es decir no cuentan para una nueva jubilación. Para la jubilación del IESS debe considerar los aportes según la edad, revise cuales son en: https://datoecuador.com/p8KP

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  2. Tengo 51 años nunca he aportado al IESS..puedo empezar aportar voluntariamente a partir de ahora y jubilarme a los 65 años y de cuánto sería el aporte mensual?

    Responder
    • Sí, puede iniciar la afiliación voluntaria al IESS a los 51 años, pero no alcanzaría los requisitos para la jubilación ordinaria de vejez a los 65 años (que exige 30 años de aportes). Para jubilarse a los 65, se necesitará aportar hasta los 66 años (mínimo 15 años/180 aportes). El aporte mínimo en 2026 es aproximadamente USD 84.83 mensuales, el trámite es virtual, revise los requisitos en https://go.ecuadorlegal.com/K2F7

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  3. Por favor, soy docente, en el mes de octubre 2026 cumplo 60 años, tengo 34 años de servicio cumplidos hasta octubre sería 6 meses mas. Me dijeron en el distrito que solo puedo jubilarme o salir en julio terminando el año lectivo 2026 – 2027

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    • Estimado, si cumple 60 años en octubre 2026 y tiene más de 34 años de servicio (superando los 30 años necesarios), lo que cumple los requisitos de Jubilación Voluntaria por Vejez en el IESS. Efectivamente, el Ministerio de Educación suele estipular que la desvinculación de docentes, en procesos de jubilación voluntaria, sea al finalizar el año lectivo (julio) para no afectar el proceso educativo. Aunque cumpla los años y la edad en octubre de 2026 (ya iniciado el año lectivo 2026-2027), lo más probable es que deba permanecer en funciones hasta el cierre del año lectivo para recibir la compensación económica que ofrece el Ministerio.Las únicas desvinculaciones que suelen realizarse fuera de este cronograma (en medio del año lectivo) son las obligatorias (70 años), enfermedades catastróficas debidamente certificadas o invalidez.

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  4. Tengo 14 años de aportes en España y 217 meses de aportes en Ecuador. en Ecuador me podria jubilar el proximo año que cumplo 65 años pero en España me tendria que jubilar a los 67 años con 15 años 5 meses de aportes.
    me podria jubilar primero en Ecuador y luego en España?

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    • Sí, es posible jubilarse primero en Ecuador y posteriormente en España, cobrando ambas pensiones por separado gracias al Convenio Internacional de Seguridad Social entre ambos países. Al tener aportes en los dos países, el convenio permite que los periodos cotizados en Ecuador se sumen a los de España (y viceversa) para cumplir con el tiempo mínimo exigido para acceder a la prestación, aunque cada país calculará y pagará su parte proporcional. En España, la edad de jubilación ordinaria para el 2026 es de 66 años y 10 meses si has cotizado menos de 38 años y 3 meses. Si tienes 14 años cotizados en España, no llegas a los 15 años mínimos exigidos para una pensión contributiva, por lo que necesitarás el convenio.

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