Consulta Jurídica Online – Asesoría legal Gratis

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¿Cómo realizar la Consulta Jurídica en línea?

  1. En el formulario, escribe la pregunta lo más detallada posible.
  2. Coloca tu nombre o seudónimo.
  3. Digita tu correo electrónico, es importante revisar que esté escrito correctamente, ya que la notificación de la respuesta se envía a dicho correo.
  4. Da clic en el botón «Enviar Pregunta».

Recuerda que la asesoría legal en línea es ideal para consultas y orientación general, pero puede no ser adecuada para casos legales complejos o situaciones que requieran una representación legal más profunda. Siempre es recomendable buscar asistencia legal adicional en casos que así lo ameriten.

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10.149 preguntas en “Consulta Jurídica Online – Asesoría legal Gratis”

    • No, no es posible. Para jubilarse por vejez a los 60 años, el IESS exige como mínimo 30 años de aportaciones (360 meses).Con 15 años de aportaciones, la edad mínima requerida para jubilarse es de 65 años.

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    • No puede jubilarse en este momento. El IESS exige cumplir 2 requisitos a la vez, tener mínimo 60 años de edad y 30 años de aportaciones (360 imposiciones) para la jubilación ordinaria por vejez. Al tener 51 años, debe seguir aportando hasta cumplir la edad mínima. El cálculo exacto de la pensión es individualizado. El IESS toma el promedio de los 5 años con los mejores sueldos de toda su vida laboral y lo multiplica por un porcentaje que depende estrictamente de sus años totales de aportación.

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    • Sí, puedes jubilarse. El IESS permite acceder a la Jubilación Ordinaria por Vejez a los 70 años si cuenta con al menos 120 imposiciones, lo que equivale a 10 años de aportes. Esta regla aplica sin importar si sus aportaciones fueron como trabajador independiente, empleado o bajo la modalidad de afiliación voluntaria.

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  1. Soy Brayan Castillo, hasta el 29 /04/2026 yo tenía mis 30 puntos en la licencia, sin embargo había una multa que registraba en el sistema CTE – Infraccion No.: CO17216549280310 – Fecha: 22-07-2024 13:28:48 – Motivo:389 – 06 – COND.EXCEDA DENTRO RANGO MODERADO LIMITES DE VELOCIDAD, y me bajan 6 puntos recién porque ingreso en el sistema y veo que tengo 24 puntos, yo tengo impreso la hoja del dia 29-04-2026 porq necesitaba los puntos de la licencia para un curso y ahora me doy cuenta de esto, mi pregunta es por qué me bajan a mi 6 puntos si nunca recibí una sanción personal por parte de un agente ni nada por el estilo, yo trabajo en otra actividad y no me encontraba de conductor, ingreso en la página para ver si hay fotomulta y tampoco en el sistema no hay cargado nada de imagenes, por qué me sancionan? Y PORQUÉ DESPUES DE CASI 2 AÑOS proceden a rebajarme puntos??
    por qué?

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    • En Ecuador, el Código Orgánico Integral Penal COIP establece que las multas por infracciones captadas por medios tecnológicos (radares o fotomultas) van directamente a la placa del vehículo. La contravención de tránsito del Art. 389, literal 06 (exceso de velocidad en rango moderado) es sancionada con una multa y reducción de puntos. El responsable es el dueño del carro, sin importar quién iba al volante. Si el carro está a su nombre, es usted quien recibe la multa y la pérdida de puntos, si bien es cierto la plataforma de la ANT no permite verificar algunas fotografías de multas, éstas sí pueden ser observadas en la página web de la CTE, ingrese en https://datoecuador.com/cATe Con respecto al tiempo en que se actualizado la multa en el sistema (2 años) debe confirmar si nunc a fue notificado, de ser el caso podrá presentar la apelación por falta de notificación.

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