Cuando un afiliado del IESS fallece, sus familiares directos tienen derecho a solicitar la devolución de sus fondos de reserva y de cesantía, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la normativa vigente. Este trámite es de gran importancia para garantizar que los beneficiarios accedan a los recursos acumulados durante la vida laboral del afiliado.
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) es el organismo encargado de recaudar y administrar los fondos de reserva y cesantía. Estos valores corresponden al aporte mensual de los trabajadores en relación de dependencia, los cuales se registran en sus cuentas individuales. En caso de fallecimiento, el IESS permite que cónyuges, hijos u otros herederos accedan a dichos valores siguiendo un procedimiento específico.
A continuación, conozca los requisitos, documentos y pasos para solicitar al IESS la devolución de fondos de reserva y cesantía de un familiar fallecido.
Requisitos para solicitar los fondos de reserva del IESS por fallecimiento
Los fondos de reserva son un beneficio laboral generado después de un año de trabajo continuo con un mismo empleador. Para que los familiares puedan reclamarlos tras el fallecimiento del afiliado, es necesario que este haya cumplido con los siguientes requisitos:
- Contar con al menos 36 aportaciones mensuales acumuladas.
- Haber estado afiliado al Seguro General Obligatorio.
- Mantener registrada la información de sus beneficiarios en el sistema del IESS.
Documentos para la solicitud de fondos de reserva
Los familiares deben presentar la siguiente documentación:
- Partida de defunción original del afiliado.
- Copia de la cédula de identidad del afiliado fallecido.
- Partida de matrimonio original (si aplica).
- Copias de las cédulas de identidad del cónyuge e hijos mayores y menores de edad.
- Certificado bancario de todos los beneficiarios con derecho.
- Posesión efectiva o copia certificada emitida por la autoridad competente.
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Cesantía del IESS en caso de fallecimiento
La cesantía es un ahorro obligatorio correspondiente al 2% del salario mensual, aportado durante la vida laboral del afiliado. Este valor se acumula y puede ser retirado en caso de cesantía voluntaria, jubilación o fallecimiento.
En caso de muerte del afiliado, los fondos de cesantía pueden ser solicitados por:
- El cónyuge o conviviente en unión de hecho.
- Los hijos menores de 18 años o hijos mayores incapacitados.
- En caso de que el afiliado sea soltero, el beneficio corresponde a los padres.
Requisitos específicos para acceder a los fondos de cesantía
- El afiliado fallecido debe haber acumulado mínimo dos años de aportes (no necesariamente consecutivos).
- Haber estado cesante por al menos 60 días (en el caso de solicitudes en vida).
- Presentar los documentos de identidad y bancarios de los beneficiarios.
Pasos para solicitar los fondos de cesantía y reserva de un fallecido en el IESS
El trámite se realiza en línea y debe seguir los siguientes pasos:
- Ingrese al portal oficial: www.iess.gob.ec
- Seleccione la opción Trámites Virtuales > Afiliados.
- Haga clic en Fondos de Reserva.
- Escoja la opción Solicitud de Beneficiarios Fallecidos.
- Complete la información requerida en el formulario.
- Guarde y envíe la solicitud con la documentación de respaldo.
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