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Apostillar documentos
¿Qué es la apostilla?
Apostille es un término francés.
Significa: Certificar, autentificar o completar. Tiene por objeto simplificar la legalización de documentos para verificar su autenticidad, con el fin de que tengan validez a nivel internacional, haciendo innecesaria la legalización consular o diplomática u otro tipo de certificación adicional.
La XII CONVENCIÓN PARA SUPRIMIR LA LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS ESTRANJEROS, se suscribió en la Haya, Países Bajos, el 05 de octubre de 1961, conocida actualmente como Convención de la Haya sobre la Apostilla. El Ecuador se adhirió a la misma mediante Decreto Ejecutivo 1700-A, de 18 de mayo de 2004, publicado en el Registro Oficial 410 de 31 de agosto de 2004, entrando en vigencia para nuestro país el 02 de abril de 2005.
¿Qué debe hacer antes de legalizar o apostillar un documento?
Debe acudir ante la autoridad públicamente competente para certificar la autenticidad del documento y posteriormente acudir a cualquiera de las Unidades de Legalizaciones de este Ministerio, ubicadas en Quito, Guayaquil, Cuenca, Manta y actualmente se cuenta con este servicio en las nuevas oficinas al sur de Quito, en Turubamba.
El trámite de legalización o apostilla que se realiza en las instituciones que a continuación se enumeran únicamente se precisan en el caso de que usted vaya a utilizar su documento fuera del país, con la finalidad de que surta efecto en el exterior.
Lista de documentos más frecuentes y sus requisitos para apostillar.
1. RÉCORD POLICIAL
- Firma del Delegado de la Policía Nacional autorizado para el efecto.
(Para brindar un mejor servicio, un delegado de dicha dependencia se encuentra en la Unidad de Legalizaciones de la Cancillería).
2. AUTORIZACION DE SALIDA DE MENORES DE EDAD
- Firma del Delegado del Consejo Nacional de la Judicatura.
- DIRECCIÓN: Jorge Washington y Amazonas
También se admiten autorizaciones notariadas, las cuales no requieren de la certificación del Delegado del Consejo Nacional de la Judicatura.
3. CERTIFICADOS MÉDICOS
- Firma del Delegado Nacional de Salud de Ministerio de Salud Pública.
- DIRECCIÓN: Av. República del Salvador No. 950 y Suecia.
4. DOCUMENTOS DE ESTUDIO DE PRIMARIA Y SECUNDARIA
- Firma del Jefe de Régimen Escolar y Refrendación de Títulos Nacionales del Ministerio de Educación.
- DIRECCIÓN: Av. Amazonas y Av. Atahualpa, (Diagonal al Centro de Exposiciones Quito. Sector La Carolina).
5. CERTIFICACIONES DE RESIDENCIA Y DENUNCIAS
- Firma del funcionario autorizado del Ministerio del Interior.
- DIRECCIÓN: Calle Benalcázar y Espejo.
6. DOCUMENTOS EMITIDOS PARA PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES
- Firma del funcionario autorizado del Consejo Nacional de Discapacidades, CONADIS.
- DIRECCIÓN: 10 de Agosto 5451 y Carondelet
7. DOCUMENTOS EMITIDOS POR EL CONSEJO NACIONAL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, CONSEP.
- Firma del funcionario autorizado por el CONSEP
- DIRECCIÓN: 12 de Octubre 1281 y Wilson.
8. DOCUMENTOS EMITIDOS POR EL INSTITUTO DE PROPIEDAD INTELECTUAL, IEPI
- Firma del funcionario autorizado para legalizar documentos por IEPI
- DIRECCIÓN: República 396 y Diego de Almagro Edf. Forum 300.
9. DOCUMENTOS EMITIDOS POR EL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL, IESS
- Firma del funcionario autorizado por el IESS
- DIRECCIÓN: 10 De Agosto y Bogota.
10. DOCUMENTOS EMITIDOS POR EL REGISTRO CIVIL
- Firma del delegado de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.
- DIRECCIÓN: Calle Guayaquil y Mejía o en las oficinas en Turubamba (en el caso de provincias en cada Dirección Provincial).
11. DOCUMENTOS EMITIDOS POR EL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, SRI
- Firma del funcionario autorizado para legalizar documentos emitidos por el SRI.
- DIRECCIÓN: Páez 655 y Ramírez Dávalos; o, Salinas y Santiago. Edificio Alhambra.
12. DOCUMENTOS EMITIDOS POR LOS JUZGADOS DE PICHINCHA
- Firma del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Quito.
- DIRECCIÓN: Pradera y 6 de Diciembre
13. DOCUMENTOS EMITIDOS POR LOS JUZGADOS DE PROVINCIAS
- Firma del Presidente de la Corte Superior de Justicia de la respectiva provincia
- DIRECCIONES: Verificar en cada provincia
En caso de no contar con la firma de la Corte Superior Provincial se puede acudir a Quito y solicitar en el Consejo Nacional de la Judicatura, la certificación en la que se indique que la firma del juez provincial es auténtica.
DIRECCIÓN: Jorge Washington y Amazonas.
14. DOCUMENTOS EMITIDOS POR LOS MUNICIPIOS
- Firma del funcionario autorizado para legalizar documentos por el Municipio
- DIRECCIÓN: Verificar en cada cantón.
15. DOCUMENTOS EMITIDOS POR LAS GOBERNACIONES
- Firma del funcionario autorizado para legalizar documentos por la Gobernación respectiva.
- DIRECCIÓN: Verificar en cada provincia.
16. DOCUMENTOS Y TÍTULOS ECUATORIANOS DE NIVEL UNIVERSITARIO (que vayan a surtir efecto en el exterior).
- Firma del delegado de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación. SENECYT.
- DIRECCIÓN: Wimper E7-37 y Alpallana.
17. DOCUMENTOS EMITIDOS POR IGLESIAS
- Firma del funcionario autorizado por el Ministerio de Justicia.
- DIRECCIÓN: Av. Amazonas y Atahualpa
18. TRADUCCIONES
- Los documentos elaborados en el Ecuador deben ser en el idioma oficial determinado en la Constitución: el español.
- Las traducciones de los documentos a otro idioma deberán contar con la firma de responsabilidad del intérprete, la misma que deberá ser reconocida ante un notario ecuatoriano.
19. OTROS CERTIFICADOS Y DOCUMENTOS PARTICULARES
- Deben tener reconocimiento de la firma efectuada ante cualquier notaría del País.
¿Cuánto tiempo dura el trámite para una legalización?
Entre 15 y 25 minutos
¿Cuánto tiempo dura el trámite para el apostillaje?
Entre 20 y 25 minutos
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