¿Cuándo puede terminar la obligación de pagar la pensión alimenticia en Ecuador?

La pensión alimenticia no termina automáticamente cuando el hijo cumple 18 años ni por decisión del alimentante. La legislación ecuatoriana establece determinadas situaciones en las que podría solicitarse judicialmente la terminación de esta obligación, siempre que un juez analice el caso y emita la resolución correspondiente.

Si desea conocer si su situación podría encajar en alguna de estas causales, utilice la guía interactiva que encontrará a continuación. Después podrá revisar la explicación completa de la ley, las causales y el procedimiento para solicitar la terminación del pago.

Descubra si aplica a su caso

Responda unas preguntas y obtenga una orientación sobre si su caso podría encajar en alguna de las causales previstas por la ley. Esta evaluación no reemplaza la decisión de un juez.

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Esta evaluación es orientativa y no reemplaza la decisión de un juez.

¿La pensión alimenticia termina automáticamente?

No. La obligación de proporcionar alimentos es un derecho imprescriptible que busca garantizar las necesidades del alimentado. Aunque la ley contempla situaciones en las que puede extinguirse esta obligación, el pago no se suspende automáticamente y debe existir una resolución judicial.

En Ecuador también rige una tabla de pensiones alimenticias, elaborada anualmente por el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), que toma en cuenta el ingreso mensual del alimentante y el número de hijos para calcular el valor de la pensión.

¿Cuándo podría solicitarse la terminación de la pensión alimenticia?

El artículo 32 de la Ley Reformatoria al Título IV del Código de la Niñez y Adolescencia establece tres situaciones en las que puede extinguirse el derecho de alimentos.

  • Fallecimiento del titular del derecho (alimentado).
  • Fallecimiento de todos los obligados al pago.
  • Desaparición de las circunstancias que originaron la obligación alimenticia.

¿Cuáles son las causales previstas por la ley?

Fallecimiento del beneficiario

Cuando fallece el titular del derecho de alimentos, desaparece la obligación alimenticia debido a la inexistencia del beneficiario.

Fallecimiento de todos los obligados al pago

La ley considera como obligados al pago a los progenitores y, en determinados casos, a otros familiares obligados legalmente, como abuelos o hermanos mayores de edad.

Es importante señalar que el fallecimiento de uno de los padres no extingue automáticamente las pensiones alimenticias adeudadas. Las obligaciones pendientes pueden formar parte del pasivo de la herencia.

La causal únicamente se configura cuando han fallecido todas las personas obligadas al pago conforme a la ley.

Desaparición de las circunstancias que originaron la obligación

Esta es la causal que genera más consultas. Generalmente puede analizarse cuando el hijo alcanza la mayoría de edad. Sin embargo, la obligación puede mantenerse hasta los 21 años si continúa estudiando o mientras subsistan las condiciones previstas por la ley, como determinados casos de discapacidad.

¿Cómo solicitar la terminación del pago de la pensión alimenticia?

Si considera que en su caso existe alguna de las causales previstas por la ley, deberá presentar la solicitud ante el juez competente. El juez analizará la documentación, escuchará a las partes involucradas y emitirá la resolución correspondiente.

Por este motivo, no se recomienda suspender el pago de la pensión alimenticia sin una decisión judicial, ya que la obligación continúa vigente hasta que exista una resolución que disponga lo contrario.

Si necesita iniciar este trámite, puede utilizar como referencia un modelo de petición de extinción o suspensión de la pensión alimenticia.

Descargar modelo de solicitud

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