Solicita el salvoconducto para circular durante el día y horario de restricción vehicular, solicítalo si tienes una cita médica o trabajas en algunos de los sectores que están permitidos a operar.
El Decreto Ejecutivo 1017 del Gobierno Nacional, facultó al COE Nacional establecer los términos y condiciones de la restricción de circulación durante el estado de excepción.
Para el funcionamiento de las empresas de servicios básicos, de salud y sectores estratégicos se implementó la solicitud del salvoconducto.
La emisión y uso del salvoconducto, aplica al sector de exportaciones , provisión de alimentos, abastecimiento a supermercados, tiendas, abarrotes, fruterías, carnicerías, panaderías, mercados, farmacias, suministros para cadenas agrícolas y camaroneras, empresas de producción de empaques de alimentos, insumos de limpieza e higiene.
El salvoconducto aplica también para empresas del sector financiero, mercado de valores, hospedaje turístico (hoteles, hostales, hosterías y demás servicios complementarios) exclusivamente para que dar servicios a turistas que por la situación del Estado de Excepción, tuvieron que quedarse en el país.
Solicitar el salvoconducto.
- Selecciona entre cédula y RUC.
- Ingresa los datos solicitados en el formulario.
- Acepta el check de «Políticas de uso» y da clic en el botón Continuar.
Completando todos los pasos de este formulario iniciará el trámite Emisión de Salvoconducto para circulación durante emergencia sanitaria si no recuerda los datos de identificación puede aquí Consultar datos de la cédula. La solicitud es gestionada por el Ministerio de Gobierno del Ecuador.
Descarga e imprime el salvoconducto, el documento debe ser firmado por el Representante Legal de la Empresa (Empresas privadas) o por la Autoridad para el caso de Instituciones y empresas públicas.
Presentar el formulario a los agentes de control.
El salvoconducto impreso será el único documento habilitante para viajar dentro del territorio Ecuatoriano mientras dura la emergencia por el Coronavirus.
La persona que posea este documento esta habilitada a movilizarse durante la emergencia del COVID-19 (Coronavirus), aplicable únicamente para los horarios con restricción vehicular y en los casos indicados en el Decreto Ejecutivo 1017.
Aquellas personas que alteren la información del salvoconducto esta cometiendo un delito y puede recibir una pena de entre 3 y 5 años de prisión.