SPPAT – Fallecimiento
Si el accidente ocurrido dentro del territorio nacional produce muerte de personas, los familiares o quien se sienta con el derecho de recibir la indemnización, podrán reclamar a la aseguradora del vehículo o al FONSAT el pago de la indemnización por muerte y gastos funerarios, para lo cual deberá realizar el siguiente procedimiento:
Primero deberá notificar el reclamo a la aseguradora o al FONSAT, según sea el caso.
Sppat – fallecimiento
Luego debe proceder a sustentar el reclamo con la siguiente información y documentación:
– Certificado de la atención médica, expedido por el servicio de salud.
– Partida de defunción de la víctima.
– Certificado de la autopsia.
– Acta notarial o sentencia en la que se concede la posesión efectiva.
– Copia de la o las cédulas de identidad de los reclamantes de la indemnización.
– Facturas por los gastos funerarios incurridos.
Luego de la entrega de esta documentación, la SPPAT o el FONSAT procederá a analizarla y si todo está correcto, procederá a pagar las indemnizaciones en un plazo máximo de 30 días. A partir de 2009 este plazo se reduce a 10 días.
Vale recordar que la indemnización por muerte es de USD 5,000 por fallecido y que en caso de varios beneficiarios, este monto se repartirá en partes iguales entre todos.
El reembolso por los gastos funerarios se hará a nombre de la persona o personas que los sufragaron, según las facturas correspondientes.
