Es cuando dos personas con la finalidad de obtener servicios o prestaciones del IESS al margen de la Ley, forjan una relación inexistente mediante la cual la una parte finge ser empleador y la otra ser trabajador.
Cuando el IESS comprueba afiliación fraudulenta, el Instituto retiene, en concepto de multa, los aportes personales y patronales así como los fondos de reserva.
El Instituto exige, además, el pago o reembolso de las prestaciones recibidas y declara exigibles las obligaciones por préstamos concedidos, sin perjuicio de las acciones civiles y penales.
Iess: ¿qué es la afiliación fraudulenta?
Son responsables solidarios por las cantidades generadas de la afiliación fraudulenta, el falso afiliado y la persona que figuró como empleador.
Fuente: IESS