Licencia de maternidad en Ecuador: quiénes pueden solicitar las 14 semanas reconocidas por la justicia

La licencia de maternidad en Ecuador permite a las trabajadoras y personas gestantes contar con un período de descanso remunerado antes y después del nacimiento de su hijo. Tradicionalmente, este permiso ha sido de 12 semanas, conforme al Código del Trabajo.

Sin embargo, una sentencia de la Corte Provincial de Pichincha reconoció que las afiliadas al IESS pueden solicitar la aplicación de las 14 semanas previstas en el Convenio 183 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), al considerarse la norma más favorable para la protección de la maternidad.

¿Cuántas semanas dura la licencia de maternidad en Ecuador?

La licencia de maternidad contemplada en el Código del Trabajo es de 12 semanas remuneradas. Este período puede iniciar antes del nacimiento y, una vez concluido, la trabajadora debe reincorporarse a sus actividades laborales.

No obstante, una reciente sentencia judicial reconoció que las personas gestantes afiliadas al IESS pueden solicitar el reconocimiento de 14 semanas de licencia de maternidad, conforme al Convenio 183 de la OIT.

¿Quiénes pueden solicitar las 14 semanas de licencia?

Las personas gestantes afiliadas al IESS que estén próximas a iniciar su licencia de maternidad o que actualmente se encuentren dentro de este período pueden solicitar el reconocimiento de las 14 semanas.

La posibilidad surge a partir de una sentencia emitida por la Corte Provincial de Pichincha, que ordenó aplicar el estándar más favorable para las trabajadoras y personas gestantes.

¿Cómo solicitar el reconocimiento de las 14 semanas?

Las personas gestantes afiliadas al IESS que estén próximas a iniciar su licencia de maternidad pueden presentar una solicitud por escrito tanto a su empleador como al IESS para pedir el reconocimiento de las 14 semanas de licencia.

Mientras el IESS adecúa sus estatutos y reglamentos internos para aplicar lo dispuesto en la sentencia, la solicitud puede presentarse directamente ante ambas entidades.

En la solicitud se recomienda pedir expresamente:

  • La aplicación directa del Convenio 183 de la OIT por ser la norma más favorable.
  • El reconocimiento de 14 semanas de licencia de maternidad.
  • El pago completo del subsidio de maternidad durante todo ese período.
  • Que se tome en cuenta la sentencia emitida dentro del juicio No. 17297-2024-02086.

También es recomendable solicitar un comprobante de recepción, número de trámite o constancia de ingreso para respaldar la gestión.

¿Qué ocurre si la solicitud es negada?

Aunque la sentencia reconoce la posibilidad de solicitar las 14 semanas de licencia, algunas solicitudes podrían ser negadas o no recibir una respuesta favorable mientras el IESS adecúa su normativa interna.

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